miércoles, 3 de marzo de 2021

Restricciones amarillas

Otra cosica interesante para estos tiempos de pandemia con la que nos topamos en Villena Cuéntame, gracias al aporte de José Sánchez Ferrándiz. 


En esta ocasión, se trata de las medidas y restricciones tomadas para Villena con motivo de la fiebre amarilla en Alicante de 1819, hace dos siglos (ahí es ná):

“La Junta de sanidad da principio a sus desvelos, meditando los medios que ha creído más oportunos para liberar con la asistencia divina a este vecindario de la fiebre amarilla y otras enfermedades contagiosas… Esta Junta está persuadida de que mediante el vigor, la vigilancia y precauciones sin límites, puede librarnos del contagio que las personas emigradas y géneros… pueden transportarnos: ya por ello ha decretado arreglada a las órdenes superiores de Sanidad los capítulos siguientes:

1º… Que ningún vecino habitante, ya en la laguna o en las heredades, o casas de campo admita forastero alguno sin dar cuenta al gobierno, bajo la multa de diez ducados siendo pudiente, y un mes de cárcel si no lo fuera, aplicados a gastos de sanidad; teniéndose entendido que si se abriga alguno sin pasaporte y se verifica ser persona sospechosa, además de tener que sufrir la Cuarentena del Lazareto, queda a disposición de la Junta el imponerle otras penas, formarle sumario, sentenciarle según el daño que haya o pueda haber causado a la salud pública.

2º… Los mesoneros presentarán al gobierno (hasta otra determinación), al medio día y a las nueve de la noche los pasaportes de todos los transeúntes, bajo la misma multa y destino.

3º… Toda persona que se haya en esta población sin tener adquirido el vecindario se presentará al gobierno dentro de las veinticuatro horas para los efectos que la Junta tenga por convenientes con arreglo a las órdenes comunicadas, en inteligencia que al infractor, además de lanzarlo del pueblo se le exigirá la multa proporcionada a sus circunstancias, con la misma aplicación.

4º… Ningún transeúnte; de los que vienen mendigando, podrán, aunque sea con buen pasaporte permanecer en ésta 24 horas, de manera que los entrantes por la mañana deberán salir por la tarde y los que vienen por la tarde deberán marchar por la mañana, por lo que la Junta vigilará y castigará al contraventor, según más justo le parezca.

5º… Todo vecino cuidará de tener expedido los sumideros de sus casas, para que no tengan salida libre a las calles ni se arrojen en ellas aguas inmundas, andrajos, esteras viejas, animales muertos y otros efectos asquerosos, y si los hubiera en el día, deberá quitarlos cada uno…, bajo la multa de 4 ducados para los mismos fines.

6º…  Los albéitares no podrán sangrar ni abrir tumores a las bestias, sino a la distancia de cien varas fuera del pueblo, bajo la multa de otros 4 ducados.

7º… Los depósitos de estiércol, deberán estar a distancia de 50 pasos lo menos de los caminos reales y de la población y cuando de estos se carguen por la huerta será siempre antes de las 7 de la mañana, bajo la misma multa de 4 ducados.

Y por último se encarga el aseo y limpieza de las plazas, con sitios de comestibles, de carnicerías, de matadero, perteneciente todo ello al caballero regidor, a cuyo cargo está el ramo de policía. A los abastecedores de carnes y pieles, las carnes sanas y demás géneros comestibles, por ser lo que más influye en la conservación de la salud.

Ya todo vecino que por el derecho de conservación propia se halla autorizado a delatar y hacer presente cuanto advierta perjudicial a la salud… esta Junta (no deje de remediar por falta de noticia) en su principio, un mal deplorable, que tal vez con una providencia pronta y sencilla pueda evitarse y para que llegue a noticia de todos, y nadie alegue ignorancia se manda publicar y fijar en los sitios acostumbrados.

Dado en esta ciudad a 15 de septiembre de 1819”

Con lo que se sabía de pandemias hace 200 años, tampoco es como para que nos quejemos en demasía de las restricciones de hoy en día. Que como ya vimos en su momento, es lo más lógico y sensato para combatir estas movidas, desde tiempos pretéritos.


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